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venres, 22 de abril de 2011

La Constitución Española: De los Deberes de los españoles.

Capítulo 12: La Constitución Española: De los Deberes de los españoles.

En cuanto a los Deberes de los Españoles son fundamentalmente:



- Deber (que es también un derecho) de defender a España, regulándose en el art. 30, además, la prestación obligatoria del servicio militar, remitiéndose a una regulación por Ley de lo relativo a la objeción de conciencia, así como las causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria. Asimismo, este artículo dispone que podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general. Y podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

- Deberes tributarios, recogidos en el art. 31-1º conforme al cual todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

- Deber de trabajar (que, a la vez, es derecho), sin discriminación por razón de sexo. (art. 35).

- Deber de los padres a prestar asistencia de todo orden a sus hijos habidos dentro y fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda (art. 39).

- Deber de conservación del medio ambiente, conforme el art. 45, estableciéndose, en los términos que la Ley fije, sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Reglas Básicas de Convivencia + www.aainfancia.org.ar

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mércores, 20 de abril de 2011

EL CONCEPTO DE CIUDADANÍA

Palabras clave: ciudadanía, democracia, individuo, comunidad, libertad.

Se denomina ciudadanía a la pertenencia a una determinada comunidad política. Esta otorga una serie de derechos y obligaciones que deben ser respetados. Entre los derechos puede citarse el derecho a votar y elegir a las autoridades que se consideren pertinentes, como asimismo participar de cualquier bien que se derive de la participación comunitaria. Entre las obligaciones puede citarse, a modo de ejemplo, la obligación de pagar impuestos; puede resumirse este aspecto en el cumplimiento de la ley en general.

El término ciudadanía para hacer alusión a esta participación comunitaria debe su uso a circunstancias históricas que nos retrotraen a la civilización griega. En esa época, la organización política estaba centralizada en cada ciudad, que conformaba un verdadero estado. Es particularmente famoso el ejemplo de Atenas, que consistió en el primer caso de ejercicio de la democracia. En estas ciudades solo se consideraban ciudadanos a los hombres, en la medida en que solo estos podían tomar las armas para proteger la ciudad ante potenciales ataques externos. Esta concepción de la ciudadanía fue adoptada y desarrollada por el Imperio Romano.

En la actualidad, la condición de ciudadano se obtiene a partir de un determinado momento de la vida humana que se identifica con la mayoría de edad, circunstancia en la que se considera que una persona puede afrontar con el suficiente criterio y capacidad a las obligaciones y derechos que les depara la convivencia en comunidad.

Para el momento en que se produzca este acontecimiento de integración ciudadana son necesarios una serie de conocimientos básicos sobre el comportamiento de la sociedad y su organización política. Es por ello que durante el proceso educativo que forma a cada individuo y que es obligatorio, están incluidos contenidos obligatorios sobre participación ciudadana. En estos se da cuenta de los derechos y obligaciones que el educando obtendrá al llegar a la edad correspondiente.

http://www.definicionabc.com/politica/ciudadania.php